mundo madera

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martes, 29 de junio de 2010

Requisitos fitosanitarios

Las normas fitosanitarias para la exportación e importación de embalaje de madera son las siguientes. Norma internacional NIMF Nº15: “Se exhorta a las ONPF a aceptar el embalaje de madera que haya sido sometido a una medida aprobada, sin exigir requisitos adicionales.

Dicho embalaje incluye la madera de estiba, pero excluye el embalaje de madera procesada. Tanto los países importadores como los exportadores deberán establecer procedimientos para verificar la aplicación de una medida aprobada, incluida la aplicación de una marca reconocida mundialmente. En esta norma se consideran también otras medidas acordadas en negociaciones bilaterales. El embalaje de madera que no cumpla con los requisitos deberá eliminarse conforme a un método aprobado.”

Requisitos reglamentarios de la NIMF nº15:
1. Fundamento para la reglamentación.
2. Embalaje de madera reglamentado.
3. Medidas de embalaje: tienen que estar aprobadas.

Requisitos operacionales:
1. Madera de estiba.
2. Procedimientos utilizados antes de la exportación: demostrar que estos han sido legales y que no involucran ningún tipo de plaga.
3. Procedimientos de importación.

Si no se cumplen estas medidas de seguridad, el embalaje de madera debe ser eliminado si se demuestra algún tipo de plaga, este se elimina mediante la incineración o enterramiento.

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